Incremento de ICMS en combustibles impacta bolsillos de consumidores
El Consejo Nacional de Política Financiera dispuso que, a partir del 1 de junio, la tasa única del ICMS sobre gasolina y alcohol anhidro será de R$ 1,22 por litro. De acuerdo con información de la Comisión Nacional de Secretarías de Hacienda de los Estados y del Distrito Federal (Consefaz), el nuevo valor se ajusta a los términos de la unificación del ICMS en materia de combustibles”hacia»es decir, nacional y específico, cobrado una sola vez.
Según el especialista en impuestos André Félix Ricotta de Oliveira, presidente de la Comisión de Derecho Tributario y Constitucional de la OAB/SP – subsección Pinheiros, la implementación de la nueva tarifa de combustible monofásico por parte del gobierno no debería causar mayores inconvenientes. “El ICMS a los combustibles ya se hizo bajo el régimen de sustitución tributaria, que es una forma de anticipar el impuesto que grava toda la cadena productiva, hasta llegar al consumidor final”, justificó.
Vea cuánto se está cobrando ICMS por estado, en la primera quincena de abril:
De acuerdo con información de la Federación Nacional del Comercio de Combustibles y Lubricantes (Fecombustiveis), por el momento las tarifas estatales se están cobrando de manera diferente porque aún no se implementó la nueva regla del «impuesto monofásico». Para Ricotta, el régimen monofásico “no es más que una anticipación del ICMS, que cae en la cadena de producción hasta el consumidor final, en una sola fase, por eso se llama monofásico”, aclaró. no cambia tanto”.
Tergiversación
Sin embargo, según el especialista tributario, estos cambios en el régimen de cálculo, creando un régimen monofásico, creando una redistribución tributaria, que ya existía a través de las reformas constitucionales al ICMS, terminan por desvirtuar todo el impuesto: “El ICMS se suponía que iba a ser un impuesto al valor agregado, sin embargo, creando un régimen de redistribución tributaria hacia adelante y, ahora, monofásico sobre los combustibles, tergiversan este impuesto”. Para Ricotta, que tiene doctorado y maestría en Derecho Tributario de la PUC/SP, el nuevo régimen hará que las empresas de transporte – que utilizaron créditos de diesel y gasolina – pierdan el derecho a compensar el crédito y débito del ICMS, a través del «principio de no -acumulatividad».
“Para estas empresas, que estaban en el régimen de cómputo normal, el régimen monofásico no da derecho al crédito. Entonces van a tener un aumento en la carga tributaria, si ese aumento es sustancial, les toca a estas empresas acudir al Poder Judicial”, diferenció el especialista.
Régimen Otorgado
“Este efecto no se produce para las empresas de transporte que utilizan el crédito otorgado, que es un beneficio para el cálculo del ICMS, en donde renuncian a los créditos ICMS derivados de la entrada y adquisición de mercancías y realizan un cálculo simplemente a través de este crédito otorgado”, puntualizó. añadió Ricotta.
“Por lo tanto, esto debe observarse”, advirtió. “Quienes usaron el crédito de combustible, crédito ICMS derivado del tema del combustible, perderán este derecho, a través del régimen otorgado, que no tiene la disposición de otorgar crédito fiscal para deducir de su deuda”, concluyó el especialista tributario.
Por Brasil 61