FPM: Especialista en Presupuesto dice que Lula debe vetar ley de transición al Censo del IBGE

El plazo se está acabando, pero el presidente Lula todavía está «sobre la mesa» del proyecto de ley que propone reducciones graduales en diez años, para reajustar los municipios en la distribución de los recursos del FPM (Fondo de Participación Municipal), según la población indicada por el Censo Demográfico 2022 del IBGE.

La propuesta fue aprobada por el Senado el 14 de junio y pasó a ser analizada por el Presidente -quien, según las reglas, tiene 15 días hábiles para sancionar o vetar, en todo o en parte, el texto votado por los parlamentarios-. . Si el presidente sanciona la totalidad del texto presentado por los parlamentarios, el proyecto se convertirá en ley de inmediato. Pero el presidente también puede vetar el texto en parte o en su totalidad. En este caso, los pasajes vetados por la Presidencia de la República son devueltos al Congreso, el cual, en votación conjunta de la Cámara y el Senado Federal, puede revocar o mantener los vetos.

En opinión del consultor de Presupuesto Público César Lima, el presidente debería vetar el proyecto en su totalidad. Según él, por la forma en que se votó el texto, el proyecto de ley es inconstitucional y viola la LRF (Ley de Responsabilidad Fiscal). “Mi restricción con relación a este proyecto, además de que es una transición muy larga, 10 años, es que simplemente no dice de dónde vendrá el dinero que garantizará que aquellos que tuvieron un aumento en su FPM índices reciben y los que tuvieron una disminución en los porcentajes de FPM que reciben, no dejen de recibirlos”, explicó.

«¿De dónde vendrá el dinero?»

“La Constitución dice cuánto por ciento de la recaudación del IR (Impuesto a la Renta) y del IPI (Impuesto a los Productos Industrializados) se destinará al FPM. Esto no se va a cambiar, porque es una factura ordinaria. Entonces, ¿de dónde saldrá el dinero?”, pregunta el consultor. “¿De dónde saldrá ese dinero que garantizará que los que tuvieron un aumento en sus coeficientes de FPM reciban y los que tuvieron una disminución no dejen de recibir, de una vez, y esto se llevará a cabo en un plazo de diez años?, él pide.

Para el economista, «ésa es la gran pregunta, hay una inconstitucionalidad latente porque la Ley de Responsabilidad Fiscal, la Constitución Federal y las normas presupuestarias prevén que todo proyecto de ley que tenga incidencia presupuestaria o financiera, en el aumento del gasto o en la reducción de ingresos, deberán tener indicadas sus compensaciones”.

Objetivos

El proyecto prevé un período de transición de diez años para que las alcaldías sean reclasificadas en los índices de distribución de dinero del Fondo. Las transferencias de FPM a los municipios se definen por el número de habitantes y el ingreso per cápita de cada estado.

Los objetivos de la nueva ley, que fue creada junto con la CNM (Confederación Nacional de Municipios), es reducir gradualmente el riesgo fiscal de los ayuntamientos y evitar una caída repentina en las tasas de recaudación de cientos de municipios que han perdido habitantes en los últimos años.

Victoria

La Confederación Nacional de Municipios (CNM) trata la aprobación del proyecto como un «logro». En un comunicado, la entidad señaló que el texto aprobado “trae alivio a los directivos que han mostrado preocupación por posibles cambios que se traduzcan en una reducción de recursos y comprometan la gestión local, especialmente en los municipios considerados pequeños”.

Si es sancionada por el presidente Lula, la nueva ley debería beneficiar a unos 800 municipios brasileños, según el CNM. Estas ciudades registraron, según datos parciales del Censo 2022, una reducción de población en los últimos 10 años.

proceso legislativo

Cuando la Cámara de Diputados y el Senado Federal —que integran el Congreso Nacional— aprueban un proyecto de ley, los llamados “proyectos”, el texto votado es remitido a la Presidencia de la República, donde el presidente tiene un período de 15 días hábiles para sancionar o vetar el texto del asunto (en todo o en partes).

Comprender el proceso:

  • Si el Presidente de la República sanciona (confirma) el proyecto aprobado por el Congreso, la propuesta contenida en el mismo se convierte en ley y se publica en el Diario Oficial (DOU). Pero el presidente también puede vetar todo el proyecto de ley o solo una parte, evitando temporalmente que se convierta en ley.
  • Si el presidente veta algunos pasajes, la parte sancionada por él se convierte en ley, y los pasajes vetados regresan por separado para su análisis por el Congreso Nacional (en sesión conjunta de la Cámara y el Senado).
  • Si en el Congreso se mantienen los vetos presidenciales, la ley queda tal cual fue firmada por el presidente.
  • Pero si los vetos presidenciales son anulados en el Congreso, los pasajes vetados pasan a formar parte de la nueva ley.

Por Brasil 61

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