Minería: tras revisión de datos, sale nueva lista de municipios beneficiarios del CFEM

La identificación de inconsistencias en la base de datos extraída de los Informes Mineros Anuales (RAL), instrumento para elaborar la lista de municipios beneficiarios de la Compensación Financiera por Exploración Mineral (CFEM), llevó a la Agencia Nacional de Minería (ANM) a revisar las ciudades afectadas. Según la agencia, varios montones ya no estaban calculados. El abogado minero Alexandre Sion explica lo sucedido.

“En varios casos, al declarar los montones de desechos, los mineros informaron la sustancia contenida en estas estructuras en lugar de la sustancia mineral extraída. Como resultado, varias pilas no habían sido contabilizadas. Al reevaluar las listas, la ANM identificó la necesidad de rectificar la lista provisional de municipios afectados”, explica.

Ante el episodio, la ANM informa que no consideró las sustancias inicialmente señaladas en la base de datos, teniendo en cuenta los elementos asociados a procesos mineros en el año 2023.

“Los montos adeudados por la CFEM a entidades federativas afectadas por la actividad minera sólo se distribuirán después de la publicación del listado anual definitivo que se produzca una vez cumplido el procedimiento previsto en la Resolución 143 de la ANM. La lista anual de municipios que tienen derecho al beneficio compensatorio por haber sido afectados por actividades mineras será publicada antes del 10 de mayo de cada año”, informa el abogado Alexandre Sion, quien añade:

“Los municipios pueden presentar un recurso para solicitar un cambio en la lista de entidades federativas beneficiarias de compensación, o la corrección de la información utilizada para el cálculo”, señala.

CFEM

El superintendente de Recaudación e Inspección de Ingresos de la ANM, Daniel Pollack, recuerda que uno de los objetivos de la CFEM es remunerar a las entidades productoras de minerales por la explotación que las empresas mineras realizan de los recursos naturales.

“El hecho de que exista esta estructura de transporte de un ferrocarril, un puerto o un oleoducto minero y el hecho de que existan estructuras mineras que permitan aprovechar el yacimiento son las condiciones que hacen que la ciudad sea impactada por la actividad minera, por lo que al menos en esta parte de carreteras, puertos, la legislación sí prevé la posibilidad de ser un municipio afectado por la actividad minera”, explica.

Según el especialista Alexandre Sion, la legislación establece que el 15% de los montos recaudados como CFEM deben ser distribuidos al Distrito Federal y municipios afectados por la minería.

“Se consideran municipios afectados cuando la producción no se produce en sus territorios, sino que se utiliza para el transporte de sustancias minerales por ferrocarril o por ductos, se ve afectado por operaciones portuarias de carga y descarga de sustancias minerales, si cuentan con montones de desechos, presas de relaves, instalaciones dotadas en el plan de desarrollo económico de sus territorios”, destaca.

Revisión de datos

Luego de verificar las inconsistencias, la ANM incluyó nuevos municipios en la lista. Como resultado, se cambiaron los porcentajes de los que figuraban en la lista publicada anteriormente. Se reabrió el plazo para presentar recursos de primera instancia hasta el 3 de septiembre de 2024.

Échale un vistazo aquí la lista completa.

Las respuestas a las apelaciones recibidas hasta el 12 de agosto de 2024 están disponibles en el sitio web de la ANM.

Por Brasil 61

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