Bahia: el vacío sanitario para la soja está en efecto

Ya está en vigor el primer período del vacío sanitario de la Soja en Bahía, momento en que está prohibido cultivar, implantar o permitir la presencia de plantas vivas de soja en cualquier etapa de crecimiento. El vacío sanitario es una medida adoptada para prevenir y controlar la propagación de enfermedades y plagas en los cultivos nacionales. La medida entró en vigor el último día 1 y se extiende hasta el 30 de septiembre.

Rafael Moreira, investigador de Embrapa Soja, expone la importancia del período de vaciamiento sanitario para combatir el hongo que causa la roya asiática.

“La roya es causada por un hongo que necesita la planta de soya viva para sobrevivir. Entonces si no tienes la planta en el ambiente, en el campo, en el campo, las esporas del hongo de la roya sobreviven un máximo de cincuenta días. Entonces, si no encuentra las plantas, se caerá y morirá. Y eso reducirá la población del hongo”, explica.

el hongo Phakopsora pachyrhizique es la causante de la roya asiática, una enfermedad que puede causar hasta el 75% de la pérdida de cosechas, ya que tiene una alta capacidad de reproducción y diseminación.
Según la Ordenanza N° 781/2023 del Ministerio de Agricultura y Ganadería (Mapa), la veda rige del 1 de julio al 30 de septiembre. Los períodos de vacío sanitario son establecidos anualmente por el Mapa y deben ser seguidos por los estados productores, en todo el país.

Los principales municipios productores de soja en Bahía son:

  • Formosa do Río Preto
  • San Desiderio
  • barreras
  • Correntina
  • Luis Eduardo Magalhães
  • Riachão das Neves
  • Jaborandi
  • Cocos
  • baianópolis
  • Serra do Ramalho

Horario por estado:

La violación del período de barbecho de soja puede resultar en sanciones como la interdicción de la propiedad, además de multas, destrucción de la plantación, e incluso responsabilidad penal del propietario, según el artículo 259 del Código Penal brasileño. También hay previsión de prisión de 2 a 5 años, además de multa para quienes propaguen enfermedades o plagas que puedan causar daños al bosque, plantación o animales de utilidad económica. En caso de culpabilidad, la pena es de prisión de 1 a 6 meses, o multa.

Por Brasil 61

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