El plazo para intentar recibir el reembolso del 1er lote finaliza este miércoles
La Receita Federal informa que el pago se realiza con base en prioridades legales. La recomendación es que los grupos prioritarios, como los adultos mayores, envíen el comunicado antes del 10 de mayo para tener posibilidades de recibirlo en la primera tanda de devoluciones. Esto se debe a que el desempate entre los grupos es la fecha de entrega. Los contribuyentes prioritarios son las personas mayores de 80 años; mayores de 60 años, personas con discapacidad o enfermedad grave y aquellas cuya principal fuente de ingresos sea la docencia.
Los demás lotes de devolución se abonarán en los siguientes días: segundo lote (30 de junio), tercer lote (31 de julio), cuarto lote (31 de agosto) y quinto y último lote (29 de septiembre).
impuesto a pagar
Los contribuyentes también deberán enviar la declaración hasta este miércoles (10) si optan por el débito automático de la primera cuota o cuota única con vencimiento el 31 de mayo.
Noticias
La declaración tiene noticias relativo a la restitución. Cualquiera que elija recibir el reembolso a través de Pix o utilizar el estado de cuenta precargado, recibirá el monto más rápido, siempre respetando las prioridades legales. En relación a Pix, sin embargo, la novedad solo aplica para quienes declaran la clave de Registro Individual de Contribuyentes (CPF) en el campo de pago de devolución.
Otro cambio importante es la ampliación de los datos disponibles en la declaración prellenada. El año pasado, el acceso se había ampliado a aquellos con una cuenta de nivel plata u oro en el Portal Gov.br. Ahora, el formulario, que brinda más comodidad y reduce las posibilidades de errores por parte del contribuyente, tendrá más información, como bienes inmuebles registrados en la notaría y criptoactivos.
También hubo una novedad en relación a quienes tienen inversiones en bolsa. La Renta hizo obligatoria la declaración para este público. Solo aquellos que hayan realizado ventas de alto valor o hayan obtenido una ganancia (de cualquier monto) en estas aplicaciones deben completar la declaración.
quien debe declarar
Los ciudadanos que tuvieron, en 2022, renta imponible superior a R$ 28.559,70 están obligados a declarar. En el caso de rentas consideradas “exentas, no gravadas o gravadas exclusivamente en la fuente”, es obligatorio declarar quién recibió un valor superior a R$ 40 mil.
Quienes hayan obtenido ganancia de capital en la enajenación de bienes o derechos sujetos a la imposición del impuesto, así como quienes, al 31 de diciembre de 2022, poseyeran bienes o derechos, incluso terrenos baldíos, superiores a R$ 300 mil; y personas que, en actividades rurales, percibieron renta imponible superior a R$ 142.798,50.
Las personas que hayan cotizado en bolsas de valores en el último año también deben declarar el IR. Pero este año, la Renta estableció dos límites. Quienes vendieron acciones por valor superior a R$ 40.000, independientemente del volumen de las compras, y quienes realizaron operaciones y tuvieron ganancias netas sujetas a la incidencia de impuestos, por encima del límite de exención de R$ 20.000, deben presentar renta.
Foto de © Joédson Alves/Agência Brasil