Los municipios tienen hasta el 30 de junio para informar la actualización de la Planta Genérica de Valores

Los municipios tienen hasta el 30 de junio para informar la actualización de la Planta Genérica de Valores
Gestores de 656 municipios tienen hasta el 30 de junio para comunicar a la Secretaría de Coordinación y Gobernanza del Patrimonio de la Unión (SPU), vinculada al Ministerio de Gestión e Innovación en los Servicios Públicos, sobre la actualización del Plan Genérico de Valores de la Unión activos ubicados en sus municipios. La alerta es de la Confederación Nacional de Municipios (CNM). El procedimiento es fundamental para que las entidades reciban el 20% de los fondos recaudados relacionados con las tasas de ocupación, jurisdicción y adjudicación de los bienes inmuebles de la Unión.

El experto en presupuesto público César Lima explica qué deben hacer las ciudades en la actualización. “Los municipios tienen que informar al Gobierno Federal, en la Planta Genérica de Valores, el valor promedio de mercado de los inmuebles por metro cuadrado en el lugar donde estén ubicados en el municipio. Esto es para que la Unión pueda calcular las tarifas, premios y tasas de ocupación que cobra a las personas que ocupan estas propiedades, si corresponde”, explicó.

Con el reajuste de las tarifas en base a la información proporcionada, también se reajusta el monto transferido a los municipios. El economista Roberto Dardis destaca la importancia de que las ciudades no pierdan el plazo de actualización. “Creo que estas transferencias son interesantes, sí, y creo que los municipios tienen que correr lo más rápido posible para actualizar este plan y recibir estos recursos, que se pueden dirigir a toda la población en beneficios”, destacando también las ventajas. que los recursos pueden aportar a los municipios.

Una encuesta realizada por CNM identificó que las 27 unidades de la federación tienen propiedades de la Unión en sus territorios. Mato Grosso, Pará, Bahia y Santa Catarina tienen el mayor número de municipios con propiedades elegibles para transferencias.

Los recursos obtenidos a través de las rentas patrimoniales de ocupación, foro y adjudicación son de libre uso por los municipios, pudiendo destinarse a aquellas actuaciones que necesiten apoyo económico. Cabe mencionar que existe un criterio adicional para el monto relacionado con la remisión del foro, el cual debe ser aplicado en inversiones, tales como la adquisición de equipos y desarrollo de sistemas para mejorar el servicio público. La transferencia de los montos se realiza a través de la cuenta del Fondo de Participación Municipal (FPM).

Por Brasil 61

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