MP dificulta acceso a Carf a micro, pequeñas y medianas empresas

MP dificulta acceso a Carf a micro, pequeñas y medianas empresas
MP dificulta acceso a Carf a micro, pequeñas y medianas empresas
Además de la devolución del voto de calidad en el Consejo Administrativo de Recursos Fiscales Carf), la medida provisional 1160/2023 aumentó el monto mínimo de 60 a 1.000 salarios mínimos para los conflictos fiscales entre los contribuyentes y la Administración Tributaria a ser juzgados por el colegiado. La medida es blanco de críticas de parlamentarios, especialistas y del sector productivo, pues hace que la evaluación de Carf sea accesible solo para las grandes empresas.

En la práctica, sólo los procesos administrativos que superen el valor de mil salarios mínimos, equivalentes hoy a más de R$ 1,3 millón, serían juzgados por la CARF. De acuerdo con la regla que estaba en vigor antes de la medida provisional, los contribuyentes con disputas que involucran al menos BRL 78.120,00 tendrían derecho a apelar ante la CARF.

El diputado federal Joaquim Passarinho (PL-PA) afirma que el cambio perjudicará a los contribuyentes cuyas disputas tributarias con la Unión no son tan altas.

“La mayoría de las empresas brasileñas no tienen ingresos de R$ 1,3 millón. Imagínense una multa. Entonces, dejarán la Carf restringida a las grandes empresas. Es decir, las pequeñas y medianas empresas de Brasil no tendrán la posibilidad de un trámite administrativo Estás impidiendo que las pequeñas y medianas empresas puedan cuestionar su deuda o multa de manera administrativa y no judicial”, critica.

Según la vicepresidenta del Instituto Brasileño de Planificación y Tributación (IBPT), Letícia Amaral, los conflictos fiscales entre empresas o personas naturales y la Unión comienzan a ser juzgados, en primera instancia, en una de las Oficinas de Juicios de Ingresos Federales ( DRJ). La CARF, por lo tanto, funciona como una segunda y última instancia para que los contribuyentes que se sientan perjudicados puedan seguir recurriendo a nivel administrativo, es decir, sin involucrar al Poder Judicial.

Explica que, en 2020, cuando el Congreso Nacional puso fin al voto de calidad, los parlamentarios fijaron el valor mínimo de 60 salarios mínimos para que las disputas tributarias fueran analizadas por el Carf. “Limitaron el acceso a la Carf, pero mantuvieron una doble jurisdicción dentro de la comisaría. Entonces, para no hacer inconstitucional la medida, dispusieron una segunda instancia, dentro de la DRJ, para que la Carf pudiera concentrar la mayor parte, más representativa. casos. en términos económicos», explica.

El diputado del gobierno restringió aún más el acceso al consejo. Como resultado, todos los procedimientos administrativos tributarios de hasta aproximadamente R$ 1,3 millón serán considerados solo en el DRJ, sin posibilidad de ir a la CARF.

Según Passarinho, para seguir defendiéndose, el pequeño contribuyente deberá llevar la disputa al Poder Judicial, lo que tiende a aumentar los costos para las empresas y los ciudadanos, además de la duración del proceso tributario. Las micro, pequeñas y medianas empresas, según el parlamentario, están perdidas.

“Esto va a traer una exigencia aún mayor al Poder Judicial, que no tiene una especialización tributaria para realizar este seguimiento y juzgamiento de una deuda tributaria, porque es muy específico de equidad si se está sacando a más del 80% de las empresas. que pueda buscar a Carf», evalúa.

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MP 1160/2023

Desde 2020, la Ley 13.988/20 estableció que las vinculaciones deben decidirse a favor del contribuyente. El proyecto se justificó en la búsqueda de decisiones más imparciales en el juicio de procesos tributarios a nivel administrativo.

Con la reintegración del voto de calidad, los asesores representantes del Tesoro Nacional, que son los presidentes de grupos y cámaras en el Carf, podrán empatar los votos a favor de la Unión.

La reanudación del voto de calidad se dio inicialmente a través de la medida provisional 1160/2023, anunciada por el gobierno en enero de este año, como parte del paquete fiscal que apunta a mejorar las cuentas públicas.

La MP tiene fuerza de ley y ya es válida para los procesos que se juzgan en la Carf. El Congreso Nacional tiene 60 días para analizarlo. El plazo es prorrogable por otros 60 días, si la Cámara y el Senado no han votado la medida.

Por Brasil 61

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