Reforma fiscal: texto modifica normas del impuesto de sucesiones

La progresividad en la recaudación de los impuestos de sucesiones es uno de los cambios que trae consigo la reforma tributaria (PEC 45/2019), pendiente en el Senado. Actualmente, en la mayoría de los estados, la tributación es fija y varía entre el 4% y el 8%, independientemente del monto transferido. La reforma establece reglas generales para que a mayor valor de los bienes transferidos, mayor sea la tasa cobrada. Eso es lo que explica Eduardo Natal, Magíster en Derecho Tributario de la PUC/SP y asesor de la Asociación Brasileña de Abogacía Tributaria (ABAT).

“El primer aspecto es que quien tiene una herencia mayor probablemente pagará más impuestos que quien tiene una herencia menor. Hoy, esta progresividad no es obligatoria. Así São Paulo, por ejemplo, aplica una tasa única de herencia del 4%. Hoy en Brasil, los estados pueden cobrar hasta un 8% como impuesto a la herencia. Cuál será la tasa en la reforma aún no está definida”, puntualiza.

Según Natal, las diferencias actuales en las leyes tributarias de los estados llevan a muchos contribuyentes a realizar un plan para realizar el inventario en los estados que gravan menos. La reforma evita que esto suceda al determinar la progresividad obligatoria en la recaudación de impuestos. Para él, “va a ser difícil crear este planeamiento fiscal porque habrá una regulación general para las herencias y donaciones, incluyendo la herencia de bienes en el extranjero”.

Para Daniel Moreti, doctor y maestro en Derecho Tributario de la PUC/SP y juez del Tribunal de Impuestos y Tasas del Estado de São Paulo, la Causa Mortis y el Impuesto de Transmisión de Donaciones (ITCMD) apareció en el texto de la PEC “de broma ”. Sostiene que la propuesta apunta a la tributación sobre el consumo, que incluye PIS y Cofins, IPI, ICMS e ISS. Sin embargo, Moreti afirma que los cambios corrigen un problema: el criterio que determina qué estado debe recibir el ITCMD.

“En el texto actual de la Constitución, los bienes dejados por herencia tienen su impuesto pagado dondequiera que se encuentre el inmueble. Ahora bien, cualquier otro bien, el impuesto se paga en el lugar donde se procesa el inventario. Ahora la regla es: el impuesto se debe al estado del último domicilio del difunto. Entonces, si el sujeto murió en el estado de Río de Janeiro, se le pagará a Río de Janeiro”, explica.

IPEA: Reforma tributaria podría sumar 2,39% al PIB de Brasil para 2032

Cámara de Diputados aprueba PEC de reforma tributaria en dos vueltas

Reforma fiscal

Aprobada en la Cámara de Diputados en la primera semana de julio, la reforma tributaria se encuentra ahora en discusión en el Senado. El relator de la propuesta, el senador Eduardo Braga (MDB-AM), afirma que la expectativa es que el texto sea aprobado con enmiendas a fines de octubre de 2023. La propuesta tiene como objetivo simplificar el sistema tributario brasileño, señalado por el Banco Mundial como uno de los peores del mundo — y mayor transparencia para el contribuyente.

La reforma unifica los cinco principales impuestos sobre el consumo de bienes y servicios en un Impuesto al Valor Agregado (IVA) Dual. En la práctica, dos impuestos. Por un lado, IPI, PIS y Cofins, de la Unión, dan lugar a la Contribución sobre Bienes y Servicios (CBS). Por su parte, el ICMS (estatal) y el ISS (municipal) forman el Impuesto sobre Bienes y Servicios (IBS). El CBS se pagará al Servicio de Ingresos Federales, mientras que el IBS se pagará a un Consejo Federativo que representará a los estados, el Distrito Federal y los municipios. Las nuevas reglas entrarán en vigencia a partir de 2026, si son aprobadas por el Senado.

IPVA

Otra de las novedades que trae la reforma tributaria es el cobro del IPVA sobre la propiedad de aeronaves y embarcaciones. Hoy, el cobro se aplica solo a los vehículos terrestres, como automóviles, motocicletas y camiones. Daniel Moreti recuerda que el tema ya fue objeto de discusión en el Supremo Tribunal Federal (STF), que decidió mantener la exención sobre los vehículos acuáticos y aéreos.

“Este texto corrige esta distorsión, determinando que el IPVA grava no solo la propiedad de vehículos terrestres, sino también los acuáticos y aéreos. Además, el texto plantea la posibilidad de cobrar un IPVA diferenciado para los vehículos que tiendan a un fin ambiental, los eléctricos, los de menor emisión de contaminantes, etcétera”, explica.

impuesto al consumo

El PEC 45 prevé la creación de un impuesto selectivo que se introducirá en la regla general del valor agregado con tasas mayores o menores, considerando los impactos de un determinado producto o servicio en la sociedad. Por ejemplo, los cigarrillos, considerados científicamente nocivos para la salud no sólo de quienes fuman, sino también de quienes inhalan el humo, deberían tener una mayor incidencia fiscal. Por otro lado, los vehículos con menor impacto ambiental deberían tener una tributación más suave. Las tarifas y productos serán definidos por ley complementaria.

Devolución de dinero

Cashback es un mecanismo previsto en la propuesta para devolver parte de los impuestos recaudados a las familias de bajos ingresos. Los detalles también dependen de la edición de la ley complementaria.

Por Brasil 61

0 0 votos
Avaliação
Acompanhar
Notificar de
guest
0 Comentários
Mais novo
Mais velho Mais votado
Feedbacks em linha
Ver todos os comentários
0
Gostou do post? Faça um comentário!x