Reforma tributaria: el proyecto de ley complementario es positivo, pero las reglas para la canasta básica y el derecho al crédito pueden mejorar
La propuesta presentada por el Ministerio de Hacienda esta semana detalla el nuevo sistema tributario, aprobado a finales del año pasado. El proyecto de ley es el primero de una serie de propuestas que apuntan a explicar los mandatos que ya están en el texto constitucional.
Esta primera propuesta regula los tres nuevos impuestos que se cobrarán a personas y empresas al comprar un producto o adquirir un servicio: el CBS -que reemplaza al PIS, Cofins y el IPI, del gobierno federal-, el IBS -que reemplaza al ICMS y ISS, de estados y municipios–, y el Impuesto Selectivo, que se aplicará a todo lo que se considere perjudicial para la salud y el medio ambiente.
Bianca Xavier, profesora de Derecho de la FGV Rio, dice que, en general, el texto fue bien elaborado por el Ministerio de Hacienda. «En general creo que cumplió su papel. Realmente hicieron el trabajo regulatorio que requería la Constitución. Muchos de los temas que discutimos en el momento de la enmienda, que eran de interés para el contribuyente y, estaba previsto que solo en el reglamento vendría esta explicación, y vino. Avanzamos y logramos sacar a relucir cómo será este modelo, es mucho más claro para el contribuyente”, destaca.
El abogado João Maia, especialista en derecho tributario, dice que el texto cubre todos los puntos requeridos por la enmienda constitucional. «La primera impresión es que cubre todo lo que estaba cubierto en la modificación propuesta. Hay un gran detalle en las reglas – esto es positivo -, desde cómo calcular los impuestos, quién y dónde pagará el CBS, el IBS y el Impuesto Selectivo, en principio, «Deberíamos tener legislación sólo para los dos impuestos. Esto es muy bueno, porque aporta seguridad jurídica, porque nuestro sistema actual está muy fragmentado», analiza.
Uno de los puntos más debatidos en torno a la reforma tributaria el año pasado fue el porcentaje de impuestos que se aplicará a los bienes y servicios en el nuevo sistema. Esta semana, junto con el proyecto de ley complementario, el gobierno anunció que la tasa final del CBS más el IBS debería variar entre 25,7% y 27,3%. El porcentaje exacto seguirá dependiendo de la cantidad de productos y servicios que recibirán un trato diferente; En la práctica, sufrirán menos impuestos. Cuantos más sectores se beneficien, mayor tendrá que ser la tasa estándar, ya que la idea de los legisladores es mantener el nivel de ingresos.
Los sectores con trato diferenciado, como salud y educación, ya estaban definidos en el texto principal, pero corresponde a una ley complementaria señalar los productos y servicios de estos sectores que tendrán derecho a un tipo reducido del 60%. 30% o cero en el nuevo sistema. El proyecto de ley presentado esta semana también incluye esta lista.
Maia dice que hay puntos en el proyecto de ley, como el número de actividades con tratamiento diferente, que son heredados del texto constitucional. «Algumas críticas que é possível fazer ao texto são fruto da própria Constituição. Quando a gente fala: ‘ah, tem um monte de atividade sujeita à alíquota reduzida’. Fato. Mas isso vem da emenda. Foi um debate que o Congresso teve o año pasado.»
Canasta Básica Nacional de Alimentos
El texto editado por el gobierno también enumeró los rubros que conformarán la Canasta Básica Nacional de Alimentos. CBS o IBS no cobrarán por estos productos, como arroz, frijoles, café y leche, por ejemplo. João Maia dice que la regulación de la canasta fue positiva, ya que prioriza alimentos saludables, lo que se alinea con el objetivo del Impuesto Selectivo.
En total, son 15 los alimentos contemplados en el proyecto de ley, número que Bianca Xavier considera magro y sujeto a cambios en el Congreso Nacional. «Fue muy económico. La propuesta que hizo el Frente Agrícola Parlamentario es todo lo contrario. Hay mucho (ítem) de un lado y poco del otro. Creo que, quizás, el sistema perfecto es la unión de estos dos. Creo que 15 artículos es extremadamente reducido y esto impacta en el cashback, lo que afectará el almuerzo y la cena de todos los brasileños, provocará inflación y problemas incluso para aceptar este nuevo modelo que decimos que es tan bueno para el día a día de los brasileños», pregunta Bianca. .
Crédito
Los expertos también comentaron el artículo del texto que contiene las reglas para acreditar a los contribuyentes. El proyecto dice que el contribuyente sólo podrá obtener los créditos CBS e IBS a los que tiene derecho cuando la persona a quien compró el bien o servicio –proveedor– haya pagado los impuestos.
El punto ha generado controversia, porque condicionaría el derecho de un contribuyente al crédito al pago del impuesto por parte de un tercero. Para Bianca Xavier, no hay nada de qué preocuparse, siempre y cuando se ponga en marcha el sistema de pago fraccionado diseñado por el Ministerio de Hacienda.
«Están hablando de un sistema de pago fraccionado. Lo que sucederá, según ellos, es que cuando compres el producto, imagina una blusa que cuesta R$ 100, y el impuesto sería del 20%. Serán 20 para la tienda y 80 al gobierno cuando pagas la blusa, el sistema bancario ya hace esta división, en esta condición no hay problema, porque no habrá evasión fiscal, porque siempre quedará el impuesto pagado en la etapa anterior. Pagas en efectivo.»
João Maia cree que el texto deja lugar a más de una interpretación. La primera, afirma, es menos perjudicial para el contribuyente, porque el derecho al crédito estaría condicionado a la prueba de la transacción a través de la factura. Él ejemplifica.
«Imagínese que usted me vende una computadora y, en su factura, tiene el CBS del 8% y el IBS del 18%. Yo, el comprador, pagué el CBS y el IBS. Usted emitió una factura apropiada. La regla esperada de Si se cumple la prueba mediante factura Aquí viene una realidad en Brasil: el vendedor toma el recurso y no paga al CBS y el gobierno, que es el acreedor, no lo recibió, porque dos entidades privadas hicieron un trato y. uno de ellos se apropió de recursos públicos. La segunda condición, según el proyecto, es que los montos del crédito fiscal correspondan a lo pagado en la adquisición. Es el valor del pagaré que usted me emitió y pagué. precio de la mercancía con los impuestos, entonces tengo derecho a tomar crédito», dice.
Critica, sin embargo, si la condición para que el contribuyente reciba el crédito exige también que un tercero recaude adecuadamente los impuestos. «Si interpreto esta regla de tal manera que sólo puedo atribuirme el crédito por el IBS y el CBS acumulados en una computadora que usted me vendió, si usted me paga el CBS y el IBS a mí, es inconstitucional y va cara a cara con Lo que ya ha dicho el Poder Judicial sobre este tipo de intento de limitar los derechos del comprador no es posible trasladar este tipo de carga al comprador”, añade.
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Por Brasil 61