Rio Grande do Sul facilita ICMS deudas contraídas durante la pandemia
Esta iniciativa tiene como objetivo fomentar aún más la regularización de los contribuyentes y estimular la reanudación de la actividad económica, cubriendo todo el período de calamidad pública en Rio Grande do Sul debido a la covid-19 (Decreto 57.087/23).
El abogado fiscal Janssen Murayama dice que esta es una medida muy bienvenida.
“Entonces este cambio es importante porque cubre los créditos fiscales constituidos en el momento de la pandemia. Sabemos que la pandemia fue un momento muy difícil, donde varias personas dejaron de pagar impuestos. Cuando se está en apuros económicos se deja de pagar impuestos primero, luego a los proveedores y finalmente a los empleados, por lo que los impuestos suelen estar en la mente del empresario, siempre el primero en quedar fuera, por lo que esta regla es muy importante porque pretende precisamente llegar a , para cubrir precisamente a aquellos contribuyentes que tuvieron dificultades financieras en la pandemia y no pudieron pagar impuestos en ese momento. Entonces este cambio en la legislación de Rio Grande do Sul es muy bienvenido”, dijo.
Esta acción responde a las demandas derivadas de los diálogos continuos con las entidades representativas y empresariales. Según datos del Servicio de Ingresos del Estado, el programa se aplica a aproximadamente 8.700 empresas que tienen más de 100.000 deudas en cobro administrativo y/o judicial, totalizando R$ 1,6 mil millones. Para acogerse a las condiciones, los contribuyentes deberán adherirse (prácticamente en exclusiva, en el Portal e-CAC de la Renta del Estado) y pagar la cuota inicial entre el 1 y el 31 de julio de 2023.
Es importante que las deudas hayan sido declaradas en la Guía de Información y Cálculo del ICMS (GIA), Guía de Información y Cálculo del ICMS-ST (GIA-ST) o Declaración de Sustitución Tributaria, Diferencial Tasa y Anticipo adeudado por los Contribuyentes de la categoría Simple Nacional (DeSTDA). Además, las cuotas no pueden ser inferiores a R$ 40,00 por débito y R$ 200,00 por solicitud del contribuyente.
Al adherirse a estas condiciones, los contribuyentes quedan exentos de las garantías y del pago mínimo previsto en la legislación. Las deudas se pueden pagar hasta en 60 meses, tanto para las deudas en cobro administrativo como para las deudas en cobro judicial. Los contribuyentes pueden pagar deudas administrativas y judiciales en una misma aplicación a través de Internet.
Por Brasil 61