Sector productivo señala beneficios de la tercerización para empresas y empleados
Los impactos de la tercerización fueron objeto de un debate que también reunió a autoridades públicas, representantes gubernamentales y asociaciones sindicales. En el centro de las discusiones estuvo la reforma laboral y la ley 13429/2017que regulaba la tercerización sin fijar límites a las actividades intermedias y finales de las empresas, lo que fue posteriormente confirmado por el Supremo Tribunal Federal (STF).
Para Alexandre Furlan, presidente del Consejo de Relaciones Laborales de la Confederación Nacional de la Industria (CNI), los efectos positivos que genera la tercerización para empresas y trabajadores no pueden olvidarse por casos aislados de incumplimiento de la ley. En un universo de millones de empresas, estas situaciones representan poco estadísticamente, según él.
«No podemos tratar las excepciones en Brasil como si fueran reglas. A veces, por el error de uno, cien terminan en la misma canasta. Obviamente, yo defiendo al buen empleador. No defiendo al mal empleador. La tercerización es inexorable en procesos productivos Va a seguir ocurriendo. No nos negamos a mejorar la ley. Simplemente no vemos que la tercerización signifique precariedad. Al contrario”, dijo.
garantía de responsabilidad
El vicepresidente del Tribunal Superior de Trabajo (TST), Aloysio Corrêa da Veiga, afirmó que es necesario encontrar un equilibrio entre seguridad jurídica para las empresas y protección para los trabajadores. Para él, es necesario ser consciente de que el tomador de servicios, es decir, la empresa u organismo que subcontrata algunas de sus actividades, es responsable de cumplir con lo que dice la legislación laboral.
“Hay que responsabilizar a quien toma el servicio fraccionando la actividad productiva de la fiscalización del cumplimiento de las obligaciones laborales resultantes. Nunca tuvimos problemas de tercerización con las automotrices, que tercerizaban absolutamente todo, toda la línea de producción y estas empresas tercerizadas, que no tenían vínculo directo con la automotriz, estaban en el baluarte de la casa matriz, estaban instaladas en la fábrica, pero la actividad que desarrollaban como trabajadores tercerizados no tenía el más mínimo problema, nunca hubo reclamo laboral Es necesario entender y mejorar lo que tenemos”.
Para Ermínio Alves, representante de Fecomércio de São Paulo, la ley que regula la tercerización asegura que los derechos de los trabajadores sean cumplidos, en última instancia, por quien terceriza el servicio. Basta que los órganos responsables realicen la inspección y la justicia para sancionar a los culpables, como dice la norma, argumentó. “Se garantizaron todos los derechos y convenios y acuerdos laborales, de seguridad social y de seguros. Todo eso es responsabilidad del tomador del servicio y está en la ley. Parece que no es válido o no se ha leído con atención”, replicó.
Furlan recordó que el STF no sólo confirmó la legalidad de la tercerización, sino también la llamada responsabilidad subsidiaria de la empresa contratante. “El STF ya decidió que la tercerización de cualquier actividad, incluyendo su objeto, es constitucional y dijo lo siguiente: ‘en la tercerización corresponde al contratista verificar la idoneidad y capacidad económica y responder por el incumplimiento de las normas laborales’. , así como las obligaciones de seguridad social’. tercerizado no cumplió, tendrá que cumplir, porque usted es el tomador del servicio. Las reglas están claras en la ley», dijo.
Menos judicialización
a ella a ella 13429 trajo seguridad jurídica que, antes de 2017, no existía para empresas y empleados. El resultado, según Leonardo Resende, representante de la Unión Nacional de Entidades de Comercio y Servicios (UNECS), fue una disminución de las disputas por el tema en los tribunales. “Antes de la entrada en vigor de estas leyes, los tribunales laborales recibían 106 mil casos en este campo. Después de la entrada en vigor de las leyes, las cifras bajaron, en el año siguiente (2018), más del 60% y esta caída continuó. En 2019, la reducción fue del 63%, en 2020 y 2021 fue del 70% y 68%, respectivamente”.
Furlan explicó que entre 2017 y 2022 hubo una caída del 62% en el número de casos de tercerización en los tribunales laborales. “En cuanto a la discusión sobre la legalidad o no de la tercerización, hubo 14.414 demandas en los tribunales laborales. Hoy solo hay 1.700. Disminución del 88%. Respecto a la igualdad salarial, disminución del 95%. Es decir, denuncias laborales por la tercerización”.
Representantes del sector productivo también afirmaron que la tercerización permitió a las empresas ganar competitividad, mayor eficiencia y especialización.
Por Brasil 61